Agenda 2030

Objetivo No. 8 - Trabajo decente y crecimiento económico











Decreto 266 - LXVII - I Año - II P.O. Se reforma el artículo 82 de la Ley de Desarrollo Rural Integral Sustentable para el Estado de Chihuahua, a fin de incluir a las diferentes dependencias educativas del Estado, para que las y los estudiantes participen de manera activa en los temas de evaluación, seguimiento, impartición de programas de capacitación y la implementación de los mismos, permitiéndoles de esta forma adquirir experiencia que complemente su formación profesional.

Decreto


Decreto 257 - LXVII - I Año - II P.O. Se reforma el artículo 11, fracción IV del Decreto No. LXV/EXDEC/0887/2018 XVIII P.E., por el que se crean “Las bases para promover y fomentar la actividad sotolera del Estado de Chihuahua”, con el objeto de modificar la Comisión Legislativa que forma parte del Comité de Ética como representante, en virtud de las recientes reformas a la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Decreto


Decreto 260 - LXVII - I Año - II P.O. Se reforman y adicionan diversas disposiciones del Decreto No. 483/96 I P.O., en su Artículo Tercero, referente al Fideicomiso de Promoción y Fomento de las Actividades Turísticas (¡Ah Chihuahua!); así mismo, se reforma el segundo párrafo del artículo 40 de la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua.

Decreto


Decreto 286 - LXVII - I Año - III P.E. Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua; de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; del Decreto No. 516/2014 IV P.E., por el que se creó la Operadora de Transporte VIVEBUS Chihuahua; así como del Decreto No. 546/97 II P.O., relativo al Fideicomiso Tránsito Amigo, todo ello en materia de transporte.

Decreto


Decreto 286 - LXVII - I Año - III P.E. Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua; de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; del Decreto No. 516/2014 IV P.E., por el que se creó la Operadora de Transporte VIVEBUS Chihuahua; así como del Decreto No. 546/97 II P.O., relativo al Fideicomiso Tránsito Amigo, todo ello en materia de transporte.

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Decreto 294 - LXVII - II Año - I P.O. Se reforma y adiciona el artículo 105 del Código Administrativo del Estado de Chihuahua, respecto a las licencias con goce de sueldo para las y los trabajadores de Gobierno del Estado, para realizarse estudios de detección de cáncer, así como para padres, madres o tutores, de las niñas, niños o adolescentes diagnosticados con cáncer de cualquier tipo.

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Decreto 316 - LXVII - II Año - I P.O. Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo y Fomento Económico para el Estado de Chihuahua; la Ley de Fomento a la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa del Estado de Chihuahua y de la Ley del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, para promover la participación de las mujeres emprendedoras en la vida económica del Estado

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Decreto 317 - LXVII - II Año - I P.O. Se reforma el artículo 47 de la Ley de Vivienda del Estado de Chihuahua, a fin de incluir a las mujeres que son sostén de la familia, dentro de los grupos preferentes para recibir los apoyos del Estado.

Decreto


Decreto 485 - LXVII - II Año - I P.O. Se autoriza al Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua, a través de la Secretaría de Hacienda, a suscribir los documentos e instrumentos necesarios, para que el Instituto Estatal Electoral, celebre convenio con el Instituto Mexicano del Seguro Social, con el objeto de incorporar voluntariamente al régimen obligatorio a las y los trabajadores del Instituto Estatal Electoral, para la prestación del servicio de seguridad social y al régimen de vivienda que administra el Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Decreto


Decreto 335 - LXVII - II Año - I P.O. Se adiciona la fracción VII, al artículo 5 de la Ley de Desarrollo Rural Integral Sustentable para el Estado de Chihuahua, con el fin de implementar políticas públicas, programas o acciones que contribuyan y fomenten que los productos que se producen dentro del Estado, se les dé preferencia para su consumo por la población de la Entidad.

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Inklusion
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