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Efemérides

Porfirio Díaz presenta su renuncia ante la Cámara de Diputados
Mayo 25 de 1911
En medio de la zozobra provocada por los enfrentamientos en el norte y la violencia revolucionaria que se extiende por todo el país, Díaz presenta su renuncia al congreso mientras una multitud amenazante rodea su casa.
Desde París también renuncia el vicepresidente Ramón Corral. Este mismo día, al serle aceptada su renuncia e improvisarse en la cámara un tímido homenaje, termina su prolongado mandato de casi treinta y un años. Francisco León de la Barra, secretario de Relaciones Exteriores, es nombrado presidente interino, convocará a nuevas elecciones.
En abril pasado, el gobierno federal y los maderistas habían convenido un armisticio. En las conferencias de paz, los porfiristas Toribio Esquivel Obregón y Oscar Braniff ofrecieron a Madero la renuncia del vicepresidente, cuatro secretarías de estado, catorce gubernaturas y la legalización del Partido Nacional Antirreeleccionista. Como los maderistas insistieron en la renuncia de Díaz, se rompieron las negociaciones. El 7 de mayo, Díaz anunció en un Manifiesto a la Nación que renunciaría, pero puso como condiciones la pacificación previa y que el relevo se hiciera en forma legal.

Francisco Villa expide una Ley General Agraria
24 de Mayo de 1915
Francisco Villa, General en Jefe del Ejército de la Convención Nacional Revolucionaria, expide en León, Guanajuato, la Ley General Agraria, por la que manifiesta la necesidad de reducir las grandes propiedades territoriales y distribuir equitativamente los excedentes.
El hecho ocurre luego que dos derrotas que Villa ha sufrido en las Batallas de Celaya y es publicada en la Gaceta Oficial del gobierno convencionista provisional, en Chihuahua, el 7 de junio de 1915. Días después, en las batallas libradas entre el primero y el cinco de junio, Villa sería totalmente derrotado y a partir de entonces general Villa se fue replegando hacia el norte del país, perseguido en su derrota hasta que queda reducido “a jefe de un grupo equivalente a un regimiento”. Por las circunstancias en que es emitida esta Ley, es claro que la Ley Agraria del villismo (Ver Documento) no pudo tener aplicación alguna, no sólo por el contexto, sino también porque los Estados difícilmente podrían haber tenido la capacidad de recursos para hacerla cumplir.